El Decreto de Cantonización
de La Troncal, fue publicado en el Registro Oficial Na 584, del
jueves 22 de septiembre de 1983 y en su parte pertinente dice
lo siguiente:
FUNCION
LEGISLATIVA:
LEYES:
141
Crease el Cantón La Troncal en la Provincia del Cañar.
142.
Crease el Cantón El Triunfo en la Provincia del Guayas.
141.
LA CAMARA
NACIONAL DE REPRESENTANTES
CONSIDERANDO:
Que las parroquias
Manuel J. Calle, Pancho Negro y La Troncal pertenecientes al Cantón
Cañar, han tenido un acelerado desarrollo en todos sus
aspectos, especialmente en lo urbanístico, poblacional,
agrícola, ganadero y comercial;
Que las nombradas parroquias tienen los elementos necesarios para
administrarse por si mismas a fin de lograr un desarrollo adecuado
en armonía con las exigencias de la época actual,
En uso de sus atribuciones constitucionales,
EXPIDE LA
SIGUIENTE LEY
Art. 1.- Crease
el cantón La Troncal la provincia del Cañar. Su
cabecera cantonal será La Troncal.
Art. 2.- La jurisdicción
político - administrativa del cantón La Troncal
comprenderá las parroquias Manuel J. Calle, Pancho Negro
y La Troncal.
Art. 3.- Hasta
que se fijen los limites cantonales, las autoridades del cantón
La Troncal ejercerán la jurisdicción político
- administrativa dentro de los límites fijados en las Ordenanzas
de creación de las correspondientes parroquias que pasan
a integrar el nombrado cantón.
Art. 4.- Además
de la asignación que le corresponde por lo dispuesto en
el Decreto Legislativo s/n, de 19 de noviembre de 1979, publicado
en el Registro Oficial Ne 113, de 24 de enero de 1980, asignase
al Municipio del cantón La Troncal, un aporte anual de
diez millones de sucres (s/. 10'000.000) con aplicación
al Fondo Nacional de Participaciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- La Cámara
Nacional de Representantes conformará una comisión
especial multipartidista, a la que se integraran tres delegados
por cada uno de los Consejos Provinciales del Guayas y del Cañar,
que en el plazo de ciento ochenta días calendario desde
que entre en funciones, presentará el correspondiente proyecto
de señalamiento de límites definitivos del cantón
La Troncal para su aprobación por la Cámara Nacional
de Representantes o por el Plenario de las Comisiones Legislativas.
SEGUNDA.- Por esta
vez, para la elección de los Concejales que deben integrar
el Concejo Municipal del cantón La Troncal, el Tribunal
Supremo Electoral hará uso de la facultad que le concede
el Art. 149 de la Ley de Elecciones.
DISPOSICION FINAL.-
La presente Ley entrara en vigencia a partir de la fecha de su
promulgación.
Dado, en Quito, en la Sala de Sesiones
de la H. Cámara Nacional de Representantes, a los veinte
y cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta
y tres.
F). Gary Esparza
Fabian y Presidente de la H. Cámara Nacional de Representantes.-
F). Dr. Carlos Jaramillo Díaz. Prosecretario
de la H. Cámara Nacional de Representantes.
Palacio Nacional, en Quito, a siete
de septiembre de mil novecientos ochenta y tres.
Ejecútese,
f) Osvaldo Hurtado, Presidente Constitucional de la Republica.
Es copia.- Lo certifico:
f) Andrés
Crespo Reinberg. Secretario General de la Administración
Pública.
En esta forma nacía
a la vida pública el nuevo cantón La Troncal. Convocados
para elecciones a celebrarse en el cantón, fueron elegidos
en calidad de primeros concejales los siguientes ciudadanos:
Abogado Cesar Marcelo
Romo Loyola,
Sra. Lilyan Tarcila Contreras de Rodríguez,
Sr. Gaspar Molina Maldonado,
Sr. Manuel Gilberto Orellana Crespo,
Profesor Gonzalo Elizalde Aguilar e
Ing. Agrónomo Lauro Enrique Peñafiel Rojas.
Los concejales en
la sesión inaugural realizada en el local del Comité
de Empresas de los trabajadores del Ingenio AZTRA, en fecha 15
de abril de 1984, procedieron a elegir como:
Presidente del Ayuntamiento
de La Troncal
Concejal Sr. Hugo Espinoza Carrión
Vicepresidente
Ing. Agr. Lauro Peñafiel Rojas,
Presidente Ocasional
Sr. Gaspar Molina Maldonado