El histórico documento mediante
el cual se creó el cantón, fue publicado en el Registro
Oficial Nº 30, de 20 de septiembre de 1996 y es del tenor
siguiente:
CONGRESO NACIONAL
Quito, 3 de septiembre de 1996.
OFC. N2 382-PNC.
Señor Doctor.
Roberto Granja Maya
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL.
De mi consideración:
Para la publicación en el
Registro Oficial, remito a usted copia certificada del texto del
Proyecto de LEY DE CREACION DEL CANTON SUSCAL,
que el Congreso Nacional leyó, discutió, aprobó
y se allanó al veto parcial del Señor ex - Presidente
Constitucional de la República, Arq. Sixto Duran Ballén,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la
Constitución Política de la República.
También envió la certificación
correspondiente del Señor Prosecretario del Congreso Nacional.
Atentamente.
f)Dr. Fabián Alarcón Rivera, Presidente del Congreso
Nacional.
Anexo: Lo indicado.
CONGRESO NACIONAL.
CERTIFICACION.
Quien suscribe, Prosecretario del
Congreso Nacional, certifica que el proyecto de LEY DE CREACION
EL CANTON SUSCAL, fue leído, discutido, aprobado y allanado
a la objeción parcial del señor ex - Presidente
Constitucional de la República, Arq. Sixto Duran Ballén,
de la siguiente manera:
LECTURA: 21-NOV-95.
Plenario de las Comisiones Legislativas.
PRIMER DEBATE: 21-nov-95.
Plenario De las Comisiones Legislativas.
SEGUNDO DEBATE: 10-jul-96.
Plenario de las Comisiones Legislativas
ALLANAMIENTO A LA OBJECION
PARCIAL: 2-SEP.-96. Período Ordinario.
Quito, 3 de septiembre de 1996.
ft Dr. Jaime Dávila de a Rosa.
CONGRESO NACIONAL.
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de la parroquia
Suscal y su área de influencia, esto es sus parroquias
afines tales como Chontamarca, General Morales (o Socarte) yLlud
(o Zhud), en el campo poblacional y económico demandan
la necesidad de organizar administrativa y comunalmente, en forma
autónoma, esta importante región de la provincia
del Cañar, el Austro y la República del Ecuador;
Que esta sección de la Patria
reúne todos los requisitos legales que demanda para su
constitución cantonal, la Ley de Régimen Municipal;
Que la organización municipal
de esta zona de enorme riqueza agrícola y ganadera permitirá
un planificado crecimiento urbano - rural, así como disponer
de una política de racional atención en sus necesidades
básicas y de infraestructura en función de atender
los indispensables requerimientos de sus pobladores;
Que es muy justo como antiguo e irrenunciable
anhelo y sueño de los pobladores de esta rica zona de la
provincia del Cañar, regirse en el campo administrativo
y seccional de conformidad con su propia percepción de
las más correctas y factibles soluciones a sus innumerables
problemas;
Que el artículo 4 de la Ley
de Régimen Municipal establece como atribución privativa
del Congreso Nacional, dictar toda la ley de creación de
un nuevo cantón;
Que el Congreso Nacional, es el único
órgano legislativo de jurisdicción en toda la República,
facultado para la expedición y tramite de leyes según
lo determinan los artículos 82, literal d), 88, 90,91,
92 y 93 de la Constitución Política de la Republica;
y,
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, expide la siguiente:
LEY DE CREACION DEL CANTON
SUSCAL.
Art. 1.- Crease
el cantón Suscal, jurisdicción de la provincia del
Cañar, cuya cabecera cantonal será Suscal.
Art. 2.- La jurisdicción
político - administrativa del cantón Suscal comprenderá,
además de su cabecera cantonal, las parroquias de Chontamarca,
General Morales o Socarte, Llud o Zhud, Ventura y Ducur.
Art. 3.- Los límites
del cantón Suscal serán los mismos que le correspondían
como parroquia.
Art. 4.- El cantón
Suscal recibirá los recursos económicos y financieros
que de conformidad con las leyes generales y especiales vigentes,
le correspondan en calidad de cantón.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
PRIMERA: La administración
del recientemente creado cantón Suscal, hasta que se efectúen
las elecciones de autoridades correspondientes, continuara a cargo
del ilustre Municipio de Cañar.
SEGUNDA: El Tribunal
Supremo Electoral convocará a elecciones para la conformación
del ilustre Concejo Cantonal de Suscal, en un plazo máximo
de noventa días a partir de su publicación en el
Registro Oficial.
Dado en la ciudad de San Francisco
de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de sesiones del Congreso
Nacional de Ecuador, a los dos días del mes de septiembre
de mil novecientos noventa y seis.
f) Dr. Fabián
Alarcón Rivera, Presidente del Congreso Nacional.
f) Dr. Jaime Dávila de la Rosa, Prosecretario del Congreso
Nacional.
En
esta forma fue creado el cantón Suscal. Posteriormente,
el 28 de septiembre de 1996, el Tribunal Supremo Electoral, dispuso
elecciones en Suscal para elegir un Presidente del flamante Concejo
Municipal y siete ediles con sus respectivos suplentes.
La primera alcaldesa indígena
de Suscal y de hecho de la Provincia y del país, fue la
Profesora Abelina Morocho Pinguil, digna representante de la etnia
Cañari.